Beneficios conquistados para las mujeres y las familias en la convención colectiva vigente, en palabras sencillas:
Fuero sindical de la mujer (Art. 164). La dignataria que ejerce la Secretaría de la Mujer tiene fuero sindical convencional, en igualdad de condiciones al de la ley. Protege su liderazgo.
Licencia de maternidad (Art. 148). 16 semanas consecutivas por el nacimiento, con protección del empleo y el salario.
Permiso por nacimiento (padre) (Art. 148). 9 días hábiles para acompañar a la familia y corresponsabilizar el cuidado.
Auxilio de guardería y primaria (Art. 121). 40% de un salario mínimo mensual por hija o hijo entre 4 meses y 11 años. Apoya la conciliación trabajo-familia.
Ambientes libres de acoso. Rutas y compromiso de trato igualitario (Ley 1010 de 2006 y Ley 1257 de 2008).
Cifras tomadas de la Convención Colectiva vigente. Consulta el texto completo o pregúntale al bot del sindicato para tu caso.